1. Objeto y principios rectores
La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, actúa contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, ejercen sobre ellas quienes sean o hayan sido sus cónyuges o estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia.
Finalidad: prevenir, sancionar y erradicar esta violencia y prestar asistencia a las mujeres, a sus hijos menores y a los menores bajo su tutela o guarda y custodia.
Comprende todo acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones y la privación arbitraria de libertad. También la violencia que, para dañar a la mujer, se ejerce sobre sus familiares o allegados menores de edad (violencia vicaria, art. 1.4).
El art. 2 enumera once fines (letras a-k): sensibilización, derechos exigibles, servicios sociales, derechos laborales y funcionariales, derechos económicos, tutela institucional (Delegación Especial y Observatorio), refuerzo penal y procesal, coordinación, participación de la sociedad civil, especialización profesional y transversalidad.
arts. 1-2 LO 1/2004 · Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.