Reconocimiento médico Guardia Civil: cuadro de exclusiones y calificación
Es una de las tres partes de la prueba de aptitud psicofísica y no da puntos: o eres apto o quedas fuera. Aquí tienes los parámetros objetivos del cuadro médico de exclusiones, cómo es el día del reconocimiento y qué hacer si te declaran no apto.
Cuadro médico de exclusiones de la Guardia Civil: los datos que se miden
El reconocimiento comprueba que cumples el cuadro médico de exclusiones del anexo I de la Orden PCI/155/2019, la norma que rige los procesos de selección de la Escala de Cabos y Guardias. Estos son los apartados con cifras concretas, tal como figuran en el texto consolidado:
- Talla en bipedestación: sin límite (letra A, apartado 1). No hay altura mínima.
- Peso: índice de masa corporal entre 17 y 30, calculado como peso en kilos dividido por la talla en metros al cuadrado. Se aceptan valores superiores a 30 si se deben objetiva y claramente a un desarrollo muscular marcado, y no a grasa, sin patología ni factores de riesgo añadidos (A.2).
- Tensión arterial: en reposo no debe sobrepasar 140 mm/Hg de sistólica ni 90 mm/Hg de diastólica. Se valora sin medicación y, si hace falta, se repite en ayunas y tras diez minutos de reposo horizontal (H.1).
- Agudeza visual: mínimo superior a 0,7 en ambos ojos, con o sin corrección (J.18).
- Refracción: defectos máximos de +3 dioptrías de hipermetropía, −3 de miopía y ±2 de astigmatismo, con independencia del componente esférico (J.19).
- Visión cromática normal (J.16) y campo visual sin escotomas ni reducciones superiores a 15 grados (J.17).
- Audición: excluye una pérdida unilateral superior al 25 % o bilateral superior al 18 %, medida según norma ANSI-ISO (K.3).
- Columna: cifosis superior a 45 grados o escoliosis superior a 15 grados (I.15 e I.16); dismetría de miembros inferiores de dos o más centímetros (I.13).
- Capacidad intelectual: trastornos del desarrollo intelectual incompatibles con el servicio, con cociente intelectual inferior a 90 (D.9).
El resto del cuadro médico, por apartados
Además de esos parámetros, el anexo I recoge causas de exclusión por aparatos y sistemas. Muchas solo excluyen si limitan el servicio o lo pueden limitar en el futuro, y deben motivarse de forma individual con un informe técnico del servicio médico. Los apartados son:
- A) Parámetros biológicos, enfermedades y causas generales, incluido el consumo de drogas, alcohol o medicación que disminuya la capacidad de reacción.
- B) Piel y tejido celular subcutáneo.
- C) Enfermedades y trastornos neurológicos: por ejemplo, la epilepsia en todas sus formas. La disartria o la tartamudez no son causa de exclusión.
- D) Psiquiatría.
- E) Aparato digestivo, con la enfermedad celiaca expresamente excluida como causa.
- F) Enfermedades endocrinometabólicas.
- G) Aparato respiratorio: el asma se valora según su situación clínica y la medicación que necesite; el síndrome de apnea del sueño excluye.
- H) Aparato circulatorio, además de la tensión arterial.
- I) Aparato locomotor: amputaciones de dedos, limitaciones articulares superiores al 20 % y material de osteosíntesis voluminoso, entre otras.
- J) Aparato de la visión: incluye cualquier tipo de cirugía intraocular y cualquier tipo de lente intraocular.
- K) Otorrinolaringología. L) Sangre y órganos hematopoyéticos. M) Aparato urogenital.
Causas que ya no excluyen
Según el preámbulo de la orden, el cuadro se adaptó al Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018 (Orden PCI/154/2019) para eliminar el VIH, la diabetes, la enfermedad celiaca y la psoriasis como causas de exclusión en el acceso al empleo público.
La Sentencia del Tribunal Supremo de 21 de febrero de 2023
La base 6.1.3 c) de la convocatoria dice que el reconocimiento se hará conforme al cuadro del anexo I «y de conformidad con lo dispuesto por la Sentencia de 21 de febrero de 2023, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara estimar el recurso de casación número 4551/2021 (BOE núm. 127, de 29 de mayo)». El texto consolidado de la orden indica que esa sentencia declaró la nulidad de un inciso del apartado 9 de la letra J), el de las enfermedades de la córnea. Para saber exactamente qué inciso es, consulta el texto consolidado en el BOE.
Pruebas médicas de la Guardia Civil: cómo es el día del reconocimiento
Te citan en el lugar, fecha y hora que publica el Tribunal de Selección. La base 6.1.3 c) obliga a presentarse en ayunas y con retención de orina. Lo realizan facultativos de un órgano de apoyo formado por personal titulado en Medicina con las especialidades necesarias.
Según el anexo I, se aplica un cuestionario de salud y se hacen todas las exploraciones necesarias, entre ellas analítica de sangre y orina con detección de sustancias psicotrópicas o drogas, y de alcohol cuando así se establezca. La base 8.3.1 añade que el tribunal solo considera válidos los resultados y análisis obtenidos en el propio reconocimiento: no sirven informes que lleves de fuera para sustituirlos.
No confundas esta prueba con el certificado médico oficial de las pruebas físicas, que se entrega antes de hacer los ejercicios y solo acredita que puedes hacerlos sin riesgo.
No apto en el reconocimiento médico de la Guardia Civil: qué puedes hacer
La base 8.3.2 prevé tres calificaciones: apto, no apto y no apto circunstancial. El artículo 12 de la orden explica que el no apto circunstancial se da cuando hace falta una prueba complementaria para comprobar algún extremo.
- No apto: puedes pedir la revisión al Presidente del Tribunal de Selección en un plazo no superior a tres días hábiles desde el día siguiente a la publicación de los resultados en la web de la Guardia Civil. Si la pides, comparecerás ante una Junta Médica de Revisión antes de diez días hábiles desde que termine la calificación de la última prueba.
- Si no pides la revisión a tiempo, o la Junta confirma el no apto, quedas excluido del proceso (base 8.3.4).
- No apto circunstancial: te fijan fecha para un nuevo reconocimiento ante la Junta Médica de Revisión, que decide si eres apto o no apto (base 8.3.5).
Dónde encaja en la oposición
Al reconocimiento solo llegan quienes han superado la prueba de conocimientos y la psicotécnica y están entre los 1,5 aspirantes por plaza que pasan a la aptitud psicofísica, junto con las pruebas físicas y la entrevista personal. Si te preocupa algún parámetro, revísalo con tu médico con tiempo: la talla ya no es un problema, pero el IMC, la tensión o la vista sí se miden. El proceso completo está en la convocatoria de la Guardia Civil 2026 y los requisitos de entrada, en requisitos de la Guardia Civil.
Preguntas frecuentes
¿Qué miran en el reconocimiento médico de la Guardia Civil?+
Comprueban que cumples el cuadro médico de exclusiones del anexo I de la Orden PCI/155/2019. Hay cuestionario de salud, exploraciones y analítica de sangre y orina con detección de drogas. Entre los parámetros con cifras están el índice de masa corporal entre 17 y 30, la tensión arterial hasta 140/90, la agudeza visual superior a 0,7 en ambos ojos y los límites de pérdida auditiva.
¿Hay que ir en ayunas al reconocimiento médico de la Guardia Civil?+
Sí. La base 6.1.3 c) de la convocatoria de 2026 obliga a presentarse en ayunas y con retención de orina en el lugar, fecha y hora que indique el Tribunal de Selección. Es necesario porque se hacen análisis de sangre y orina, que incluyen la detección de sustancias psicotrópicas o drogas. Solo valen los resultados obtenidos en el propio reconocimiento.
¿Cuál es el IMC máximo para la Guardia Civil?+
El anexo I de la Orden PCI/155/2019 exige un índice de masa corporal entre 17 y 30, calculado como el peso en kilos dividido por la talla en metros al cuadrado. Se pueden aceptar valores superiores a 30 si se deben objetiva y claramente a un desarrollo muscular marcado y no a un aumento de la grasa corporal, sin patología ni factores de riesgo añadidos.
¿Qué vista hace falta para entrar en la Guardia Civil?+
Una agudeza visual superior a 0,7 en ambos ojos, con o sin corrección. Además, los defectos de refracción no pueden pasar de +3 dioptrías de hipermetropía, −3 de miopía y ±2 de astigmatismo, se exige visión cromática normal y el campo visual no puede tener reducciones superiores a 15 grados. Cualquier tipo de cirugía o lente intraocular figura como causa de exclusión.
¿Qué tensión arterial piden en la Guardia Civil?+
En reposo no se pueden sobrepasar 140 mm/Hg de presión sistólica ni 90 mm/Hg de diastólica. Se mide sin medicación y, si fuera necesario, se repite en ayunas y tras diez minutos de reposo en posición horizontal. Así lo fija el apartado H.1 del cuadro médico de exclusiones de la Orden PCI/155/2019, en su texto consolidado.
¿Qué pasa si me dan no apto en el reconocimiento médico?+
Puedes pedir la revisión al Presidente del Tribunal de Selección en un plazo no superior a tres días hábiles desde el día siguiente a la publicación de los resultados. Después comparecerás ante una Junta Médica de Revisión. Si no pides la revisión a tiempo o la Junta confirma el no apto, quedas excluido del proceso selectivo de la Guardia Civil.
¿Qué significa no apto circunstancial?+
Es la calificación que se da cuando hace falta una prueba complementaria para comprobar algún extremo, según el artículo 12 de la Orden PCI/155/2019. A quien la recibe se le fija una fecha para pasar un nuevo reconocimiento ante la Junta Médica de Revisión, que decide si es apto o no apto. Si resulta no apto, queda excluido como en cualquier otro caso.
¿La diabetes o la celiaquía excluyen de la Guardia Civil?+
No por sí mismas. El preámbulo de la Orden PCI/155/2019 explica que el cuadro médico se adaptó al Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018 para eliminar el VIH, la diabetes, la enfermedad celiaca y la psoriasis como causas de exclusión en el acceso al empleo público. El resto de enfermedades se valoran según el anexo I y su repercusión en el servicio.
¿Hay altura mínima en el reconocimiento médico de la Guardia Civil?+
No. El apartado A.1 del cuadro médico de exclusiones, en la redacción vigente tras la Orden PCM/1133/2023, fija la talla en bipedestación «sin límite». Lo que sí se tiene en cuenta es la relación entre peso y altura a través del índice de masa corporal, que debe estar entre 17 y 30 salvo que el exceso se deba claramente a desarrollo muscular.